Privado I
Responsabilidad civil
Art. 1716 CCyC
Deber de reparar el daño causado a otro, ya sea por incumplimiento contractual o por acto ilícito.
Más voces de Privado I
Obligación
Relación jurídica en virtud de la cual el deudor debe cumplir una prestación a favor del a...
Bienes registrables
Cosas cuya propiedad y gravámenes deben inscribirse en registros públicos para que los act...
Presunción legal
Consecuencia que la ley establece necesariamente de un hecho conocido para producir otro d...
Nulidad
Sanción legal que priva de efectos a un acto jurídico defectuoso.
Este término también se estudia en IurisLab
Resúmenes, casos prácticos y preguntas de examen para el EFIP I y el EFIP II.
Ver el programa